De todas las dudas que generó la renumeración de anexos en la RMF 2026, hay una que preocupa especialmente a las empresas: “¿Mi certificado de Anexo 22, de correcta operación y funcionamiento, sigue siendo válido?”.
Es una pregunta lógica.
El certificado es el documento que acredita, ante el SAT, que tus equipos y programas informáticos de Controles Volumétricos operan conforme a la norma; sin él, estás en incumplimiento, por más que todo lo demás funcione correctamente.
Y ahora que el Anexo 31 pasó a ser el Anexo 22 en la RMF 2026 la incertidumbre es real.
En este artículo te aclaramos qué pasó con la certificación, qué sigue vigente, qué cambia y qué debes hacer para proteger tu cumplimiento.
¿Qué es el Certificado de correcta operación y funcionamiento?
Antes de entrar en los cambios, conviene recordar qué es exactamente este documento.
El Certificado de correcta operación y funcionamiento es el resultado de un proceso de verificación que realiza un tercero acreditado una persona física o moral que cuente con un informe de evaluación aprobatorio emitido por una entidad de acreditación (como la EMA o el MAAC) sobre los equipos y programas informáticos que una empresa utiliza para llevar sus Controles Volumétricos.
Este proceso evalúa que el sistema cumpla con las especificaciones técnicas establecidas por el SAT:
- Que los equipos de medición operen correctamente.
- Que el programa informático genere los reportes adecuados.
- Que los perfiles de usuario estén configurados.
- Que los protocolos de ciberseguridad estén implementados
- Que la información sea consistente y trazable.
El certificado debe obtenerse de manera anual, a más tardar el 31 de diciembre de cada año. No hacerlo implica incumplimiento, independientemente de que el sistema esté funcionando.
¿Qué cambió con el Anexo 22?
El Anexo 22 de la RMF 2026 es, en contenido, el mismo que el Anexo 31 que existía en la RMF 2025. Regula exactamente lo mismo: los servicios de verificación y los certificados que validan la correcta operación de los equipos y programas informáticos.
Los cambios reales son dos:
Cambió el número del anexo. Donde antes se hacía referencia al “Anexo 31”, ahora la referencia correcta es “Anexo 22”.
Se actualizaron las referencias institucionales. El Anexo 22 incorpora de manera expresa a la Comisión Nacional de Energía (CNE) como autoridad citada, en sustitución de la extinta Comisión Reguladora de Energía (CRE). Esto es consistente con la Ley del Sector Hidrocarburos publicada en marzo de 2025.
Fuera de eso, los criterios técnicos de verificación son los mismos. Los requisitos para emitir el certificado no cambiaron. Las competencias que debe tener el tercero acreditado tampoco. Y el proceso de evaluación sigue la misma lógica que en años anteriores.
¿Mi certificado de 2025 sigue siendo válido?
Respuesta corta: Sí.
Si obtuviste tu certificado de correcta operación durante 2025 conforme al Anexo 22 (antes Anexo 31) ese documento sigue siendo válido hasta que se cumpla su vigencia. La nueva numeración del anexo no invalida certificaciones previamente emitidas.
Esto aplica también si tu certificado fue emitido citando el “Anexo 22 (antes Anexo 31) de la RMF 2025”. No necesitas solicitar una corrección ni una nueva emisión.
Sin embargo, cuando llegue el momento de renovar, es decir, cuando debas obtener tu certificado correspondiente a 2026, el proceso ya se realizará bajo la nomenclatura del Anexo 22 de la RMF 2026.

¿Qué pasa si aún no tengo el certificado?
Si tu empresa está obligada a llevar Controles Volumétricos y aún no ha obtenido ningún certificado de correcta operación el cambio de nomenclatura es lo de menos. El problema de fondo es el incumplimiento.
La obligación de contar con este certificado está vigente desde 2022. El SAT ha dejado claro en múltiples ocasiones que no hay prórroga. Y con la nueva Ley del Sector Hidrocarburos de 2025, el incumplimiento en materia de controles volumétricos puede ser causa directa de revocación de permisos por parte de la SENER y la CNE.
Si este es tu caso, lo prioritario no es preocuparte por la numeración del anexo, sino iniciar el proceso de implementación y certificación lo antes posible.
¿Qué debe verificar tu empresa ahora?
Aquí va lo práctico. Si ya tienes un sistema de Controles Volumétricos implementado y certificado, estos son los puntos que debes revisar:
Fecha de vencimiento de tu certificado actual. Ubica cuándo vence y programa la renovación con suficiente anticipación. Recuerda que el plazo límite es el 31 de diciembre de cada año.
Disponibilidad de tu unidad de verificación. En años anteriores, la demanda de verificaciones superó la capacidad de los terceros acreditados. No dejes la renovación para el último trimestre.
Alineación del proceso a la RMF 2026. Confirma con tu unidad de verificación que su proceso ya opera bajo las referencias del Anexo 22. Esto debería ser lo estándar, pero verificarlo evita sorpresas.
Vigencia de la acreditación del tercero. Asegúrate de que la unidad de verificación que contrates cuente con un informe de evaluación aprobatorio vigente, emitido por una entidad de acreditación conforme a la Ley de Infraestructura de la Calidad.
Documentación interna actualizada. Si en tus procedimientos internos haces referencia al “Anexo 31”, actualízala al “Anexo 22”. Esto aplica también para cualquier documento que presentes ante el SAT o ante la CNE.
Estado de tus equipos y software. Antes de la verificación, asegúrate de que tus equipos de medición estén calibrados, tu programa informático opere sin fallas, tus reportes estén al día y tus protocolos de ciberseguridad estén implementados. La verificación evalúa el estado actual, no las intenciones futuras.
¿Qué pasa si mi certificado sale con observaciones?
El proceso de verificación puede arrojar uno de dos resultados: un certificado de correcta operación o un certificado con hallazgos y recomendaciones que el contribuyente debe atender.
Si tu sistema presenta no conformidades, la unidad de verificación las documentará y tendrás un plazo para corregirlas. Lo importante es que este proceso ocurra con tiempo suficiente antes del cierre del ejercicio.
Las observaciones más comunes suelen estar relacionadas con fallas en la calibración de equipos, inconsistencias en los registros del programa informático, perfiles de usuario mal configurados o deficiencias en los protocolos de seguridad.
En Volumetrics by AIVARA acompañamos a nuestros clientes durante todo el proceso de certificación. No solo proporcionamos el software: coordinamos la conexión con unidades de verificación acreditadas, preparamos la documentación necesaria, y nos aseguramos de que el sistema pase la verificación sin observaciones. Porque un certificado limpio no es cuestión de suerte: es cuestión de preparación.
Si tienes una renovación pendiente o si es tu primera vez en el proceso, no esperes a que se acumulen los plazos.
Escríbenos y te ayudamos a llegar preparado a tu verificación.
